Casación No. 334-2012

Sentencia del 28/07/2015

"...por lo anterior, se determina que la única propietaria de los productos que se venden en dichas estaciones es Shell Guatemala, Sociedad Anónima, y que el contribuyente obtiene un ingreso por comisión por las ventas que realiza, de conformidad con los contratos de agencia descritos, por lo que queda debidamente establecido que los ingresos obtenidos por la venta de combustibles no corresponden al señor Monterroso Briones, sino a la entidad Shell Guatemala, Sociedad Anónima, motivo por el cual el contribuyente no estaba en la obligación de incluir esos ingresos en las declaraciones del impuesto sobre la renta.
Como consecuencia de lo anterior, se evidencia que los ajustes formulados al impuesto sobre la renta no son acordes con los hechos que se tienen por acreditados, ya que el contribuyente no estaba obligado a declarar ingresos que no le correspondían, de esa cuenta la SAT debió realizar la verificación del impuesto sobre la renta, pero con los ingresos reales percibidos por el contribuyente, es decir, sobre la comisión que generó la venta de combustible..."